Información exraída del libro LA RISALA de IBN ABI ZAID AL-QAIRAWANI.

Es todo aquello que el musulmán ha de creer. Así como los elementos de la ley musulmana con lo que el musulmán regula su vida. Tanto en lo que se refiere a actos de adoración como a las transacciones humanas.

Todo ello está basado en la escuela de jurisprudencia MALIKI, la cual se caracteriza por su adherencia a la practica jurídica de la ciudad de MEDINA vigente en tiempos del Profeta Muhammad -la paz sea con él- y de sus compañeros que Allah -Altísimo- esté complacido con ellos y de las dos siguientes generaciones.


Es un libro del siglo X que responde a la situación social, política y religiosa del momento, por tanto debe ser estudiado según esta consideración.

Reparto del botín

بِسْمِ اللَّهِ الرَّحْمَـٰنِ الرَّحِيمِ

Se repartirá el botín entre quienes hubiesen participado en la batalla, o quien -sin haber participado en la batalla- hubiese estado ocupado en interés del yihad de los musulmanes. Como los que conocen el terreno, los espías, los encargados de comunicaciones, etc. El que se extravíe en territorio enemigo también recibirá su parte del botín.

En combatiente enfermo -si cae enfermo durante la batalla; no si es antes- y el caballo despeado (se refiere al caballo que sufre una afección en los cascos; aunque la regla se aplica para cualquier otra afección o enfermedad) tendrán su parte del botín. Se darán dos partes al caballo y una al jinete. La mula, el burro o el camello no reciben parte alguna del botín.

No habrá botín para los esclavos, las mujeres y los menores; a no ser que el menor impúber esté capacitado para participar en la batalla, el Imam se lo permita y de hecho luche. En cuyo caso, tendrá su parte de botín. Por lo tanto, para recibir el botín hay que ser libre, varón y adulto.

El sirviente asalariado no recibirá parte del botín a no ser que él mismo luche. Tampoco recibirá parte del botín el dhimmi que luchen las filas de los musulmanes, al no cumplir la condición de ser musulmán.

El enemigo que se haga musulmán y en suyo poder obren propiedades pertenecientes a musulmanes podrá quedarse con las mismas. A excepción de dos cosas:
  • los musulmanes libres que tuviese como esclavos.
  • los habuses que obrasen en su propiedad.
Se les expropiaría de ambas sin compensación alguna. Los musulmanes libres, porque no son considerados propiedad; y los habuses porque el hecho de que los infieles se apropien de ellos no les hace perder su calidad de habús.

Si alguien compra alguna de dichas propiedades -pertenecientes a musulmanes o dhimmíes- obrantes en manos del enemigo, el dueño originario no podrá adquirirlas más que pagando su precio.

Si dichas propiedades son repartidas como botín, el propietario original tendrá derecho a recuperarlas si paga su precio.

Si dichas propiedades no son repartidas como botín, el propietario original tendrá derecho a recuperarlas sin pagar precio alguno. Una vez jure legalmente que dicha propiedad sigue siendo suya y que nunca la ha enajenado de forma legal alguna.

Nadie podrá recibir botín suplementario ( en árabe nafl- plural= anfal) alguno si no es del quinto del Imam y a discreción de éste último. Como pago a su valentía o para animarle a participar aún más en el yihad.

La otorgación de botines suplementarios no deberá realizarse antes del reparto proporcional del botín. Lo obtenido de los soldados enemigos caídos en batalla constituye botín suplementario. Este botín suplementario puede ser otorgado por el Emir, siempre que constituya lo que normalmente porta consigo el soldado. SI el soldado porta consigo joyas y dinero, ello no entra en la categoría de "efectos despojados al soldado enemigo caído en batalla".

.............................................................................والله أعلم

Recuerda...

وَاللَّهُ يَدْعُو إِلَىٰ دَارِ السَّلَامِ وَيَهْدِي مَن يَشَاءُ إِلَىٰ صِرَاطٍ مُّسْتَقِيمٍ