Información exraída del libro LA RISALA de IBN ABI ZAID AL-QAIRAWANI.

Es todo aquello que el musulmán ha de creer. Así como los elementos de la ley musulmana con lo que el musulmán regula su vida. Tanto en lo que se refiere a actos de adoración como a las transacciones humanas.

Todo ello está basado en la escuela de jurisprudencia MALIKI, la cual se caracteriza por su adherencia a la practica jurídica de la ciudad de MEDINA vigente en tiempos del Profeta Muhammad -la paz sea con él- y de sus compañeros que Allah -Altísimo- esté complacido con ellos y de las dos siguientes generaciones.


Es un libro del siglo X que responde a la situación social, política y religiosa del momento, por tanto debe ser estudiado según esta consideración.

Juramento de ir caminando hasta La Meca

بِسْمِ اللَّهِ الرَّحْمَـٰنِ الرَّحِيمِ

Quien jure que si hace algo irá andando a La Meca y no lo hace, estará obligado a andar hasta La Meca desde el lugar donde profirió el juramento. Se refiere al país, no al lugar puntual. Y podrá elegir entre realizar tanto el Hayy como la 'Umra. Si previamente no tuviese intención de hacer concretamente uno de los dos.

Si no puede andar; tras haberlo intentado, que monte. Luego, que vuelva a ir otra vez a La Meca -si puede y si no puede, estará obligado a ofrecer un animal en sacrificio- y que haga a pie los tramos que hizo montado. Si no se acuerda de qué tramos hizo andando y qué tramos hizo montado, que haga todo andando.

Si sabe que no va a poder andar en su segunda ida a La Meca, que no vuelva y que ofrezca un sacrificio. Según 'Ata' ibn Abi Rabah, eminente legista de la generación de los Seguidores de los Compañeros del Profeta (at-tabi'in), no ha de volver a La Meca por segunda vez aunque pueda andar, pues le bastará con ofrecer un sacrificio.

Si el que jura o promete ir a pie a La Meca nunca ha hecho el Hayy, que marche para realizar la 'Umra. Para que no ose realicen en un solo ihram dos peregrinaciones obligatorias: la que de por sí debe y a la que le obliga su voto.

Luego, tras hacer el tawaf y el sa'y que se corte el pelo y que entre en estado de ihram desde La Meca para realizar la obligación del Hayy, cumpliendo de ese modo el tamatuu'. Siempre que su 'Umra hubiese ocurrido durante los meses del Hayy.

En otros casos se hubiese preferido que se rasurase el pelo; pero se prefiere en este caso -tamattu'- que solamente se lo corte, para mantener el desaliño durante el Hayy.

Quien prometa ir andando a Medina o a Jerusalén, podrá ir a ellas montado si su intención era realizar la oración o el i'tikaf en sus respectivas mezquitas.

Si su intención no era ésa, no estará obligado a nada. Ya que andar no es un acto de adoración y por lo tanto su promesa no es obligatoria. A excepción de esas tres mezquitas, que no se dirija a pie o montado a ninguna otra mezquita en la que se haya comprometido rezar.

.............................................................................والله أعلم

Recuerda...

وَاللَّهُ يَدْعُو إِلَىٰ دَارِ السَّلَامِ وَيَهْدِي مَن يَشَاءُ إِلَىٰ صِرَاطٍ مُّسْتَقِيمٍ