No tiene derecho a manutención más que la mujer divorciada menos de tres veces y la embarazada, ya haya sido divorciada una o tres veces.
La que compre su divorcio no tendrá derecho a manutención, a no ser que esté embarazada. La divorciada por li'an no tendrá derecho a manutención aun estando embarazada.
La que guarde 'idda por viudedad no tendrá derecho a manutención. Esté embarazada o no, ya que los bienes del marido han pasado a ser propiedad de los herederos. Pero tendrá derecho a vivienda si ésta pertenece al difunto o éste pagó por adelantado el alquiler de la misma.
La divorciada o viuda no abandonará su vivienda hasta que no complete su 'idda. A no ser que el propietario de la vivienda la desaloje y no acepte lo que se asemeje a un alquiler normal por dicha vivienda.
Si eso ocurre, que salga de la vivienda y que permanezca en su nueva residencia hasta que acabe la 'idda.