*Recordemos que la 'idda es el período de espera legal que la mujer divorciada o viuda ha de esperar antes de casarse a fin de comprobarse la vacuidad de su útero.
El esclavo y la esclava no podrán contraer matrimonio a no ser que el amo lo permita. Si el matrimonio tiene lugar, el amo tiene opción de confirmarlo o de anularlo con un divorcio irrevocable.
La mujer, el esclavo y el que no profese el Islam no podrán intervenir en el contrato matrimonial de una mujer. Significa que no podrán ser walíes de una musulmana, ya que ser varón, libre y musulmán son condiciones para poder ser wali. No obstante, el kafr (infiel) podrá ser wali de su hija infiel si la casa con un musulmán.
No le está permitido a un hombre casarse con una mujer para hacérsela lícita a quien la ha divorciado tres veces (no está permitido casarse con una mujer para hacérsela lícita a un tercero incluso a condición de que si le gusta el segundo marido, se queda con ella); pues ello no la hará lícita. Si se les sorprende en dicho matrimonio, el juez lo anulará antes o después de que haya sido consumado con un divorcio irrevocable. La esposa recibirá la dote de equivalencia si el matrimonio se hubiese consumado. Si se vuelve a casar con ella el primer marido tras casarse ella con el segundo para hacérsela lícíta, también se disolverá dicho matrimonio, castigándose a todos los que intervinieron en el mismo, es decir: el marido, la esposa, los testigos, y el wali. Lo que anula este tipo de matrimonio es la intención del segundo marido de casarse con la espposa para hacérsela lícita al primero. Si la intención de que se haga lícita es sólo de la esposa o del primer marido, ello no afecta.
La persona que se halle en estado de ihram no podrá casarse ni casar a otra persona.
Ver: http://durus-almalikiyya.blogspot.com/2010/03/el-lian.html