Información exraída del libro LA RISALA de IBN ABI ZAID AL-QAIRAWANI.

Es todo aquello que el musulmán ha de creer. Así como los elementos de la ley musulmana con lo que el musulmán regula su vida. Tanto en lo que se refiere a actos de adoración como a las transacciones humanas.

Todo ello está basado en la escuela de jurisprudencia MALIKI, la cual se caracteriza por su adherencia a la practica jurídica de la ciudad de MEDINA vigente en tiempos del Profeta Muhammad -la paz sea con él- y de sus compañeros que Allah -Altísimo- esté complacido con ellos y de las dos siguientes generaciones.


Es un libro del siglo X que responde a la situación social, política y religiosa del momento, por tanto debe ser estudiado según esta consideración.

Testamento

بِسْمِ اللَّهِ الرَّحْمَـٰنِ الرَّحِيمِ

*El testamento o wasaya es la porción de patrimonio que el testador deja a favor de alguien, sin que dicha porción pueda superar un tercio del total de su patrimonio. El dejar testamento es considerado por la Shari'a como algo meritorio.

Es necesario, para quien tenga algo que legar, que prepare su testamento.  Para que el testamento sea aceptado debe de haber sido hecho ante testigos (dos adules varones). Si el testamento no ha sido hecho ante testigos, es inválido a no ser que el difunto haya dejado dicho que si se encuentra un documento escrito por su puño  y letra o firmado por él se ejecute. Si se encuentra dicho documento, pero el difunto no ha dejado dicho nada con respecto al mismo, el documento carecerá de fuerza legal alguna.

No se puede testar en favor de un heredero  legítimo. Lo testado se deduce del tercio de libre disposición, devolviéndose lo que le sobrepase por poco que sea, a no ser que lo permitan los herederos legítimos. 

Se considera el valor del tercio de libre disposición con fecha del día del reparto de la hacienda, no con fecha del día en que se realizó el testamento.

La manumisión del esclavo (suyo o ajeno) tiene prioridad sobre el resto de lo testado. El esclavo ajeno se manumite especificando que se compre con la hacienda de uno para luego manumitirle.

La manumisión post mortem dispuesta durante la salud prioridad sobre la manumisión simple y sobre otras voluntades dispuestas durante la enfermedad. 

Asimismo, la manumisión post mortem tiene prioridad sobre la disposición de que se pague el zakat atrasado, el cual se deduce del tercio de disposición libre y tiene prioridad sobre el resto de lo testado. 

Cuando el tercio de disposición libre es insuficiente, los beneficiarios no prioritarios  del testamento sufrirán reducciones proporcionales en sus adjudicaciones. 

El testador puede retractarse de lo testado en lo que a manumisión y demás voluntades se refiere. La retractación puede ser verbal o vendiendo o cediendo los bienes que había dejado en testamento. Es retractación válida en estado de salud o de enfermedad.

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Recuerda...

وَاللَّهُ يَدْعُو إِلَىٰ دَارِ السَّلَامِ وَيَهْدِي مَن يَشَاءُ إِلَىٰ صِرَاطٍ مُّسْتَقِيمٍ